La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires informó que el 27 de febrero las 13 hs se realizará una Audiencia Pública mixta (presencial y virtual) para debatir por una Ley de aprobación inicial que propone declarar Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los panteones subterráneos del Cementerio de la Chacarita.
La Audiencia Pública se realizará en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Perú Nº 160 y mediante la plataforma digital “Zoom”, a la cual accederán las personas que se inscriban previamente por el sitio web https://participacion.legislatura.gob.ar/. Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 25/01/2023. Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 22/02/2023 a las 13.
La defensa del proyecto de Ley menciona: “Habiendo tomado conocimiento, a través de las redes sociales y se ha iniciado un proceso de suma de adherentes a una iniciativa consistente en el pedido de protección, en el marco de la Ley 1227 de los “PANTEONES SUBTERRÁNEOS DE CHACARITA” de la autora Itala Fulvia Villa y Colaboradoras/es: Lelia Cornell, Raquel S. de Dias, Günter Ernst, Carlos Gabutti, Ludovico Koppman y Clorindo Testa, encontrando que esta solicitud se encuentra debidamente fundada y coincidiendo en los motivos que dieron origen a esta petición, formulo este proyecto de ley.
Construidos entre 1950 y 1958, los Panteones Subterráneos son el primer ensayo mundial de arquitectura moderna aplicada a un ámbito funerario de tal dimensión. La obra fue un encargo de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo de la Municipalidad de Buenos Aires a la Arquitecta Ítala Fulvia Villa (1913-1991) y su equipo de colaboradores integrado por Lelia Cornell, Raquel S. de Dias, Günter Ernst, Carlos Gabutti, Ludovico Koppman y Clorindo Testa”.
“Desde lo simbólico aportó a la democratización de la arquitectura funeraria. En la tradición local, el Panteón pertenecía a una familia, asociación o colectividad específicos. Los Nichos receptores de ataúdes sólo se concebían como sepulturas de menor orden, ubicados sobre los muros perimetrales. Ítala Fulvia Villa y su equipo logran conjugar ambos elementos bajo una premisa de igualdad y no-distinción, a la vez que concilian la tradición milenaria de “dar sepultura”, sepultando el edificio”, reflexiona el texto parlamentario.
“En lo específicamente arquitectónico, aún dentro del acotado programa funcional, propone una atractiva secuencia espacial, enlazando la virtualidad de los pórticos, la multidireccionalidad de las escalinatas, el reposo de los equilibrados patios y la unidireccionalidad de las galerías. El lenguaje arquitectónico de neto carácter brutalista se adelanta a otras propuestas a nivel mundial, asignando al hormigón armado el rol fundamental en reemplazo de los revestimientos de mármoles o granitos tradicionales en la arquitectura funeraria”, se añade.
Dicha obra es uno de los ejemplos más significativos de la arquitectura y el paisajismo del Movimiento Moderno, tanto a nivel local como internacional. Asimismo, su autora la arquitecta pionera Ítala Fulvia Villa (1913-1991), es una de las figuras destacadas en el campo urbano-arquitectónico moderno y su integración a la obra pública desde la Dirección de Arquitectura y Urbanismo de la Municipalidad de Buenos Aires, donde desarrolló este proyecto en colaboración con Lelia Cornell, Raquel S. de Dias, Günter Ernst, Carlos Gabutti, Ludovico Koppman y Clorindo Testa””, se menciona.
“Además de los atributos que el bien objeto de este proyecto exhibe para merecer su resguardo y conservación, el hecho de que su autora, Itala Fulvia Villa (1913-1991), haya sido una de las primeras mujeres arquitectas de Argentina robustece la necesidad de incorporar esta obra arquitectónica al patrimonio cultural de nuestra Ciudad para visibilizarla y darle el reconocimiento debido”, enfatiza la defensa.
“Como sucede en las distintas disciplinas del arte y del conocimiento, la obra de las mujeres profesionales de la arquitectura también ha sufrido la invisibilización y el desconocimiento y es por ello que, en los últimos tiempos, diferentes movimientos de mujeres arquitectas pujan por reivindicar el enorme lugar que han ocupado las mujeres en el patrimonio arquitectónico de nuestra Ciudad”, concluye el texto que acompaña el proyecto de Ley.
En caso de no encontrarse operativo el sitio web oficial de la Legislatura, los ciudadanos deberán seguir el siguiente procedimiento: 1) Enviar un correo electrónico a p.ciudadanalegislatura@gmail.com y a pciudadana@legislatura.gob.ar solicitando el formulario de inscripción del Anexo I de la Ley N° 6; que será enviado digitalmente. 2) Remitir por correo electrónico a esa misma dirección los datos consignados en dicho formulario, y adjuntar una fotografía del frente y dorso del DNI para proceder a su inscripción. Tanto la inscripción como la presentación de documentación podrán realizarse personalmente ante el organismo de implementación, sito en Perú N° 160 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Oficina N° 110, en el horario de 10 hs a 17 hs o por medios telemáticos.
La vista del expediente se realizará tanto de forma virtual como presencial. El mismo estará disponible en el sitio web https://participacion.legislatura.gob.ar/. Alternativamente, se podrá solicitar una copia digital por correo electrónico, debiendo enviarse tal solicitud a los dos correos electrónicos antes mencionados. Asimismo, el expediente estará disponible en Perú N° 160.